¿Te quedaste sin empleo? ¡No pierdas tu casa! Estas son tus opciones

¿Te quedaste sin empleo? ¡No pierdas tu casa! Estas son tus opciones

Cancún, Q. Roo.- Una de las principales preocupaciones de una persona al quedarse sin empleo es llegar a perder su vivienda, por dejar de pagar el crédito Infonavit.

Sin embargo, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) tiene algunas opciones de apoyo para ello.

  • Apoyos por pérdida de empleo
  • Apoyos por disminución de ingresos
  • Pagos Vencidos/Mediación
  • Incapacidad o fallecimiento

En caso de pérdida de empleo, el Infonavit ofrece la flexibilidad de alternar entre realizar un pago completo de la propiedad, utilizar el Fondo de Protección de Pagos (Seguro de desempleo) o utilizar la Prórroga total mes con mes, la llamada Flexipago por desempleo.

En caso que desees liquidar tu crédito, debes pagar la cantidad o el factor que se estableció en tu contrato de otorgamiento de crédito (que considera la amortización del crédito), así como el seguro de daños.

Los pagos pueden hacerse desde bancos, establecimientos, Estados Unidos o en línea.

Otra opción es usar tu fondo de protección de pagos, o seguro de desempleo.

  • Para ello requieres haber contratado tu crédito a partir del 2009.
  • Tener relación laboral asalariada durante, al menos, seis meses previos a su uso.
  • Haber perdido tu trabajo desde hace un mes, siempre que no sea por pensión, incapacidad o invalidez.

Para solicitarlo, entra a Mi Cuenta Infonavit, en la sección Mi crédito, apartado Saldos y Movimientos, y consulta cuál es el monto que debes de pagar de “Pago por tu cuenta REA”.

Haz el pago del importe indicado. Puedes volver a solicitar este apoyo transcurrido cinco años desde su aplicación.

¿Te quedaste sin empleo? Tienes prórroga automática

La última opción es una prórroga total. Esta es automática. El periodo de duración depende de la fecha en que contrataste tu crédito.

Si lo contrataste antes del 1 de julio de 1997, cuentas con un periodo de doce meses consecutivos de prórroga y los intereses no se suman al capital.

Si lo contrataste después del 1 de julio de 1997, tienes hasta veinticuatro meses de prórroga durante toda la vida del crédito, sin exceder doce meses consecutivos.

Considera que, aunque durante estos meses no debes hacer los pagos, el interés y las mensualidades se suman al capital de tu deuda, por lo que con la Prórroga Total se incrementa el saldo de tu crédito.

Otra alternativa es solicitar un estudio socioeconómico para conocer la capacidad de pago actuar y ajustar las mensualidades.

Toma en cuenta también que, en caso de negativa de pago, el Instituto puede quitarle la casa o departamento al trabajador después de cuatro años.