Jornadas de trabajo excesivas serán castigadas hasta con 10 años de prisión
Cancún, Q. Roo.- Las jornadas de trabajo que superen el periodo máximo establecido será considerado un tipo de explotación y será castigado con cárcel.
Esto, gracias a modificaciones en la ley aprobadas por la Cámara de Diputados contra la trata de personas.
Las modificaciones establecen que trabajar arriba de las 48 horas marcadas en la ley será considerado una forma de explotación laboral.
Este delito se castigará con una pena corporal de hasta 10 años de prisión, según lo avalado por los legisladores en San Lázaro, donde se discute el aumento de uno a dos días de descanso semanal para cada trabajador.
Si se aprobara esta iniciativa, la jornada laboral máxima semanal cambiaría de 48 a 40 horas.
Proceso de aprobación de jornadas laborales
La Cámara de Diputados aprobó el 25 de octubre pasado los cambios a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
La reforma pasó al Senado de la República para su revisión, propuesta impulsada por la diputada morenista Julieta Kristal Vences Valencia
Según el dictamen aprobado, “el desempleo, la desigualdad, la pobreza, la violencia, la impunidad, la corrupción, la discriminación, los flujos migratorios y la delincuencia organizada” son factores que ponen en situación vulnerable a miles de personas trabajadoras y en peligro de ser explotadas laboralmente.
En este documento se afirma que durante la pandemia el sector más golpeado fueron las mujeres.
Alrededor de 5 millones de ellas perdieron su fuente de ingreso y el de su familia, poniéndolas en una situación de alta vulnerabilidad.
Lo anterior, debido a la necesidad de buscar un empleo, “eran víctimas potenciales para ofertas de empleo falsas”, dijo Julieta Vences.
Explotación y jornadas excesivas
Modificar la ley de esta manera amplía la protección a las víctimas de trata con fines de explotación sexual o para mendicidad.
Incrementa las penas a hasta 50 años cuando:
- Las personas sean menores de 18 años o mayores de 60 años.
- No tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o de resistirlo.
- Pertenezcan a una de las naciones originarias de México.
- Sean afromexicanas.
- Estén embarazadas.
- Tengan una discapacidad.
En el caso de la explotación laboral, el dictamen modifica el artículo 21 de la ley contra la trata.
Establece sanciones que van de 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa a quien explote laboralmente a una o más personas.
Una publicación de El Economista menciona que, en México, más de 850 mil personas son víctimas de esclavitud moderna.
Se basan en el Índice Global de Esclavitud 2023, de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), elaborado con la Organización Mundial de las Migraciones (OIM, por sus siglas en inglés) y la organización no gubernamental Walk Free.
Además, cita que las jornadas laborales en México son las más extensas entre todos los miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Las personas en este país trabajan 2 mil 226 horas al año, mientras que el promedio para el resto de los países que integran la OCDE es de mil 752 horas anuales.
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), más de 15 millones de personas trabajan jornadas superiores a las 48 horas.
Es decir, el 26% de la población ocupada rebasa el máximo estipulado por la Constitución y la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El 55% de quienes tienen jornadas excesivas se ubican en un nivel socioeconómico medio bajo y 19% pertenece al nivel medio alto.
Además, el 17% a pesar de laborar demasiado, no puede salir de la pobreza y sólo a 8% le han redituado las horas trabajadas.